SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEPARTAMENTAL

Fallo de Tutela 08001310700220230003800

 

RAD. 08001310700220230003800
PROCESO: ACCIÓN DE TUTELA
ACCIONANTE: HUGO JOSÉ URIELES CAMPO
ACCIONADO: COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, UNIVERSIDAD LIBRE Y MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL

En atención a lo dispuesto en auto de fecha 3 de mayo de 2023 de los corrientes, en el que se dispuso:

RESUELVE:

Primero: ADMITASE el trámite de la presente acción de tutela impetrada por el señor HUGO JOSÉ URIELES CAMPO, actuando en nombre propio, en contra de la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, UNIVERSIDAD LIBRE Y MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL.

Segundo: Vincular a la entidad territorial DEPARTAMENTO DEL ATLÁNTICO y a la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL ATLÁNTICO, toda vez que pueden verse afectados con la decisión que sea adoptada por esta agencia judicial.

Tercero: REQUIÉRASE a los accionados y vinculados para que dentro del término de cuarenta y ocho (48) horas, contados a partir del día siguiente de la notificación de este auto, rindan el informe sobre los hechos señalados por el accionante, sin perjuicio que dentro del trámite de la tutela pida y aporte pruebas que pretenda hacer valer a su favor, dando así cumplimiento al derecho de Defensa; advirtiéndoles que si este informe no fuere rendido dentro del plazo correspondiente, se tendrán por ciertos los hechos y se entrará a resolver de plano.

Cuarto: Téngase como pruebas las documentales aportadas.

Quinto: NO ACCEDER al decreto de la medida provisional solicitada, por las razones antes expuestas.

Sexto: ORDENAR al DEPARTAMENTO DEL ATLÁNTICO y a la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL-CNSC, que, en el término perentorio de cuatro (04) horas contadas a partir de la notificación del presente proveído, inserte en su página web oficial, comunicación tendiente a informar sobre la existencia de la presente acción constitucional para el conocimiento de todos los interesados, informando que quien tenga un interés legítimo podrá intervenir en el trámite constitucional como coadyuvante del actor o la entidad demandada, en el siguiente correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla. . En la referida publicación, deberá anexarse link para descarga de copia íntegra de este auto y del traslado de la demanda. La accionada deberá remitir prueba de haber cumplido lo anterior.

Séptimo: Notifíquese de este auto al Defensor del Pueblo con sede en Barranquilla.

Octavo: Notifíquese el presente Auto por el medio más expedito.

Se procede en tal sentido, a la publicación en cumplimiento de lo indicado.

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