SECRETARÍA DEL INTERIOR

Grupos de Interés

Población Etnicas: Este espacio busca dar a conocer las comunidades étnicas, indígenas, Rrom, raizales, palenqueras, negras, afrocolombiana, que habitan en el Departamento, información, pertinente, coherente y asequible de las diferentes actividades y beneficios que se ejecutan y se ofrecen a través de la misma, al igual que de las instituciones anexas nacionales e internaciones. Por otro lado es un enlace de conectividad con la  población en general, en especial con los grupos étnicos, para acceder en forma directa a la información sin necesidad de llegar hasta el edificio de la Gobernación del Atlántico.

VARIANTES ETNIAS

  • Negra, Afrocolombiana, Rizal y Palenquera: La población afrocolombiana se encuentra focalizada en casi toda la geografía nacional, muestra una gran concentración en los departamentos costeros de la región del Pacífico y del Caribe. Esta población también se encuentra ubicada en las zonas bajas de los valles de los ríos Magdalena, Cauca, San Jorge, Sinú, Cesar, Atrato, San Juan, Baudó, Patía y Mira. Además existen algunos enclaves de antiguos palenques, haciendas, minas, o plantaciones bananeras y centros petroleros en casi todas las regiones del país.

    En el Departamento del atlántico, de acuerdo con el censo de educación y vivienda, en la actualidad de los 2.008.162 habitantes del territorio, un once (11%) corresponde a comunidades afrocolombianas, lo que sin duda consolida a este territorio como una de las zonas de mayor asentamiento afro en la costa Caribe  especialmente en aquellos municipios focalizados con una alta participación de estas poblaciones, tales como Repelón, Santa Lucía, Suan, Luruaco, Candelaria, Campo de la Cruz, San José de Saco, Manatí, Candelaria, Soledad entre otros 
  • Indígenas Mokana: Los Mocaná son un pueblo amerindio que habita en los municipios de Tubará, Malambo, Galapa, Usiacurí, Puerto Colombia  Baranoa, en el departamento del Atlántico, Colombia Antes de la conquista española poblaban las tierras fértiles hasta el río Magdalena. La Corona les asignó  resguardos en los territorios que hoy ocupan. Al terminar una guerra civil en 1885 fue declarado vacante su título mediante una maniobra. Reorganizaron sus Cabildos en 1905 y lo mantuvieron hasta que la violencia lo impidió en 1948. Se sabe que la palabra Mocaná significaba en su lengua "sin plumas", ya que estos pueblos no las utilizaban como las demás tribus. Tomando en cuenta el censo de educación y vivienda, en la actualidad el Departamento del atlántico, cuenta con 2.008.162 habitantes de los cuales un 0.2% son descendientes de indígenas Mokana.

  • Rrom (gitanos): La población Gitana como unas cultura de nómadas en el departamento solo se encuentran en el Municipio de Sabanalarga.

Población de Veteranos: Los Veteranos son todos los miembros de la Fuerza Pública con asignación de retiro, pensionados por invalidez y quienes ostenten la distinción de reservista de honor. También son veteranos todos aquellos que hayan participado en nombre de la República de Colombia en conflictos internacionales. Así como, aquellos miembros de la Fuerza Pública que sean víctimas en los térmi­nos del artículo 3º de la Ley 1448 de 2011, por hechos ocurridos en servicio activo y en razón en ocasión del mismo.

Los veteranos en el departamento del Atlántico, al igual que en el resto de Colombia, se encuentran en una etapa de transición hacia la vida civil, marcada por diversos desafíos y oportunidades.

De acuerdo con los datos suministrados por la Mesa de Coordinación de Veteranos del Atlántico, la población actual en el departamento del Atlántico es aproximadamente de 20.000 veteranos, con una mayor concentración en Barranquilla, Soledad, Galapa, y Puerto Colombia.

La distribución por género es de 16.400 hombres y 3.600 mujeres. En cuanto a la edad hay 14.424 personas entre 45 a 59 años y 5.576 personas de 60 a 74 años.

Esta población reporta un 23,4% de desempleo y los principales sectores de empleo incluyen agricultura, comercio, industrias manufactureras y seguridad.

El nivel educativo es del 41,2% con primaria completa o inferior, el 28,7% con secundaria completa, 11,9% con educación técnica o tecnológica, y 8,2% con educación superior.

En cuanto a vivienda se tiene reporte que el 86,2% de esta población, cuenta con vivienda propia.

Población de Animalistas: En Colombia, durante la última década, hemos vivido cambios sustantivos y significativos en materia de bienestar y protección animal. Un avance a nivel normativo y jurisprudencial ha sido la derogación de los artículos del Código Civil y el Código Penal Colombiano que consideraban a los animales como cosas y el maltrato hacia estos era tratado como una contravención.

Actualmente, el sistema legal colombiano reconoce a los animales como seres sintientes y los eleva constitucionalmente como sujetos de especial protección. Asimismo, se establece que todas las instituciones del Estado desde sus competencias deben garantizar su bienestar y protección.

BIENESTAR Y PROTECCIÓN ANIMAL

La protección animal se fundamenta en la concepción de los animales como seres sintientes y que por lo tanto requieren de ciertas condiciones para su cuidado y bienestar, evitando causarles cualquier sufrimiento innecesario y promover acciones humanas basadas en el respeto a las demás especies y propender por su desarrollo natural (DNP, colaboracion.dnp.gov.co).

En Colombia, la jurisprudencia ha considerado el maltrato animal como el padecimiento, abuso, violencia y trato cruel para con los animales (Sentencia 666 de 2010 de la Corte Constitucional 1; Ley 84 de 1989 y Ley 1774 de 2016). De acuerdo con el Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal (IDPYBA), maltrato animal se define como “Comportamiento socialmente inaceptable que de forma intencional o no intencional, vulnera los principios básicos de bienestar animal consignados en la normativa (Que no sufran hambre ni sed; Que no sufran injustificadamente malestar físico o dolor; Que no sean provocadas enfermedades por negligencia o descuido; Que no sean sometidos a condiciones de miedo ni estrés; Que no puedan manifestar su comportamiento natural), causando dolor, sufrimiento, o incluso la muerte a un animal.”

Los casos de maltrato animal pueden ser clasificados de acuerdo con las siguientes conductas: maltrato físico, maltrato emocional, negligencia u omisión y maltrato físico sexual, entendido que no son excluyentes entre sí.

El Maltrato Físico es toda acción u omisión de acción que genere o derive en injurias, lesiones, dolor innecesario y/o daños a la salud de un animal por parte de un ser humano, independientemente de la intencionalidad y/o gravedad de las lesiones.

El Maltrato Emocional tiene como consecuencia efectos adversos sobre el estado emocional de los animales causado por acciones y/u omisiones de los seres humanos. Incluye desde los actos deliberados que generan estrés y sufrimiento mental innecesario, hasta la omisión de cuidados de los animales. Considerando la relación entre el estado emocional y físico de los animales, ante la ocurrencia de cualquier otro tipo de maltrato está presente el maltrato emocional.

El Maltrato intencional son todas las acciones que se realizan deliberadamente y que tienen como intención lastimar de forma física o psicológica a un animal. Esta categoría es la más preocupante debido a su impacto en el bienestar animal y su relación directa con otros tipos de maltrato o problemas presentes a nivel doméstico y comunitario.” (MinInterior, n.d.)

La Organización Mundial de Sanidad Animal OIE, define bienestar animal como: “el estado físico y mental de un animal en relación con las condiciones en las que vive y muere” (Organización Mundial de Sanidad, 2017).

Población Religiosos: La Constitución establece la libertad de religión y el derecho a profesar las propias creencias religiosas. Prohíbe la discriminación basada en la religión. No hay una iglesia o religión oficial del estado, pero la ley dice que el estado "no es ateo o agnóstico, ni indiferente al sentimiento religioso de los colombianos". La constitución establece que todas las religiones e iglesias son iguales ante la ley.

El Ministerio del Interior tiene la responsabilidad de reconocer formalmente a las iglesias, denominaciones religiosas, federaciones y confederaciones religiosas y asociaciones de ministros religiosos, así como de mantener un registro público de organizaciones religiosas.

Según informe del Ministerio del Interior en el país existen 5.374 Iglesias y 688 organizaciones sociales del sector religioso que trabajan para dignificar la vida del ser humano en sociedad y reconstruir el tejido social.

Además, se reconoce la libertad religiosa como un derecho fundamental de todos los hombres y mujeres, entendido como la base de una convivencia armónica y respetuosa.

En esta medida, todo espacio que esté orientado a garantizar este derecho se constituye en un espacio prioritario y merecedor de toda atención.

En el departamento del Atlántico, de acuerdo con el registro de Entidades de Personerías Jurídicas especiales expedido por la Dirección Nacional de Asuntos Religiosos, existen 1.435 entidades religiosas (Iglesias, Denominaciones y Confesiones Religiosas). Sin embargo, se estima que esta cifra es inferior al número de entidades religiosas que existen actualmente en el Departamento. Por lo tanto, se hace evidente y necesario trabajar en el fortalecimiento de este grupo y en la caracterización que permita identificar las necesidades y problemáticas de este sector.

Población LGBTIQ+: De acuerdo con el estudio Poscensal ‘Caracterización demográfica y socioeconómica de los hogares de parejas del mismo sexo en Colombia’, publicado por el Fondo de Población de las Naciones Unidas -UNFPA- Colombia y el Departamento Administrativo Nacional de Estadística - DANE, en el país, 518 mil personas mayores de edad se identifican como lesbianas, gais, bisexuales o trans, y 8.483 hogares son conformados por parejas del mismo sexo, lo que representa una tasa de 6,4 hogares de este tipo por cada 1.000 hogares en el país.

Con el fin de orientar en las definiciones y en el conocimiento de los significados inherentes al sector social LGBTIQ+, presentamos el siguiente glosario.

LGBTI: Acrónimo que identifica y agrupa a las personas Lesbianas, Gais, Bisexuales, Transgeneristas e intersexuales.

Sexo: Conjunto de caracteres físicos y genéticos, primarios o secundarios de una persona que ayudan a diferenciar entre lo masculino y lo femenino.

Género: Conjunto de roles, características y responsabilidades atribuidas a las personas por las normas culturales y sociales a parir del sexo, que también contribuye a la diferenciación entre lo masculino y lo femenino.

Orientación sexual: Atracción afectiva y erótica que siente una persona hacia otra, ya sea del mismo sexo, del sexo opuesto o de ambos sexos.

Identidad sexual: Término que define a una persona a parir de la correlación existente entre su identidad de género y su orientación sexual. De ahí que las categorías taxonómicas gay, lesbiana y bisexual correspondan a identidades sexuales.

Expresión de género: Forma en que una persona expresa o manifiesta su identidad de género.

  • Heterosexual: Persona que siente atracción afectiva y erótica hacia personas del sexo contrario al suyo.
  • Homosexual: Persona que siente atracción afectiva y erótica hacia personas de su mismo sexo.
  • Lesbiana: Mujer que siente atracción afectiva y erótica hacia otras mujeres.
  • Gay: Hombre que siente atracción afectiva y erótica hacia otros hombres.
  • Bisexual: Persona que siente atracción afectiva y erótica hacia hombres y mujeres.
  • Transgénero: Persona que construye y expresa su identidad de género a parir de las funciones, roles, comportamientos y actividades que desea asumir en la sociedad, los cuales no coinciden con los que se atribuyen socialmente a su sexo biológico.
logo-pais-co Gobernación del Atlántico