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ATENCIÓN AL CIUDADANO

¿A quién aplica el MIPG?

El Modelo Integrado de Planeación y Gestión debe ser adoptado por:

  • Organismos y entidades de los órdenes nacional y territorial de la Rama Ejecutiva del Poder Público.
  • Entidades descentralizadas con capital público en que el Estado posea más del 90% de capital social.

Las entidades que no pertenezcan a la Rama Ejecutiva, pero estén dentro del ámbito de aplicación de la Ley 87 de 1993 deben aplicar la dimensión de control interno y actualizar el MECI.

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