Suspensión de los términos de las actuaciones en los términos del Decreto 160 del 7 de abril de 2010, en los procesos de determinación, imposición de sanciones, discusión, cobro y devoluciones en relación con los impuestos, tasas, contribuciones y participaciones cuya titularidad es del Departamento y la administración corresponde a la Subsecretaría de Rentas de la Secretaría de Hacienda Departamental en virtud de los artículos 13, 49, 123, 137, 155, 161, 172 y 196 del Decreto Ordenanzal 00545 de 2017, hasta tanto permanezca la Emergencia Sanitaria.