Convocatoria pública para adecuar el Consejo Departamental de Ciencia, Tecnología e Innovación – CODECTI del Departamento del Atlántico
A los investigadores del departamento o con presencia en él y con reconocimiento vigente de Colciencias hoy Minciencias; los representantes de los gremios productivos o un empresario, de reconocida trayectoria en la región y con presencia en el departamento; y representantes de la sociedad civil organizada.
Considerando que:
1) Los Consejos Departamentales de Ciencia, Tecnología e Innovación – CODECTI, son organismos colegiados de composición mixta, con participación de entidades públicas y privadas y organizaciones sociales, que cumplen la función de orientar la formulación, implementación y gestión de políticas públicas de ciencia, tecnología e innovación a nivel territorial, de forma articulada con Colciencias hoy Minciencias como ente rector del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación.
2) De acuerdo con la Ley 1286 de 2009 los CODECTI son instancias de articulación del Sistema en los departamentos para el fortalecimiento del desarrollo regional y la descentralización de las actividades científicas, tecnológicas y de innovación; y la armonización de generación de políticas (Art. 6.8; 7.12 y 19 de la Ley 1286 de 2009).
3) El Decreto 584 de 2017 constituye la regulación única vigente desde el orden nacional respecto de los Consejos Departamentales de Ciencia, Tecnología e Innovación, actualiza las disposiciones anteriores referidas a las Comisiones Regionales de Ciencia y Tecnología (Decreto 585 de 1991) y a los Comités y Consejos de Ciencia y Tecnología del orden departamental (Acuerdo No. 4 de 2002 del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología); y brinda seguridad jurídica al establecer parámetros comunes de integración y funcionamiento de las instancias regionales de articulación del Sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación.
4) Los departamentos que ya cuentan con un Consejo Departamental de Ciencia, Tecnología e Innovación deben adecuar su composición, estructura y funcionamiento a las disposiciones establecidas por el Decreto 584 de 2017.
5) Mediante Decreto No. 000539 del 26 de diciembre de 2.017 se modificó el Decreto 501 de 1.998 y se adecuó el Consejo Departamental de Ciencia, Tecnología e Innovación – CODECTI del Atlántico.
6) El Parágrafo Tercero del Artículo Primero del Decreto No. 000539 del 26 de diciembre de 2.017 establece que, los integrantes del CODECTI que deban ser elegidos, ejercerán un periodo de dos años, contados a partir de la primera sesión a la que fueron invitados.
7) Los temas de integración y funciones del CODECTI, están regulados por el Decreto 584 del 4 de abril de 2017 (publicado en el Diario Oficial No. 50.196 del 4 de abril de 2017), el cual establece cómo se encuentran integrados; el periodo de los miembros que deban ser elegidos; sus funciones; la periodicidad mínima de sus sesiones; y las funciones de la Secretaría Técnica.
8) Según el artículo 3 del Decreto 584 de 2017 el Consejo Departamental de Ciencia, Tecnología e Innovación (CODECTI) estará integrado así:
a. El Gobernador del departamento o su delegado, quien lo presidirá
b. El Director del Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación (Colciencias hoy Minciencias) o su delegado
c. Un rector de las Instituciones de Educación Superior (IES) públicas, con reconocida trayectoria en el desarrollo científico, tecnológico y de innovación, elegido por ellas, cuando tengan presencia en el departamento
d. Un rector de las Instituciones de Educación Superior (IES) privadas, con reconocida trayectoria en el desarrollo científico, tecnológico y de innovación, elegido por ellas, cuando tengan presencia en el departamento
e. Un representante de los Centros de Investigación autónomos públicos o privados, elegido por ellos mismos, cuando tengan presencia en el departamento
f. Un representante de los Centros de Desarrollo Tecnológico, Centros de Innovación y de Productividad, Parques Tecnológicos y/o Centros de Ciencia autónomos públicos o privados, elegido por ellos mismos, cuando tengan presencia en el departamento
g. Un representante de las agencias públicas de fomento a la CTel del orden departamental y/o municipal, elegido por ellas mismas, cuando tengan presencia en el departamento
h. Un delegado de la Comisión Regional de Competitividad
i. El presidente ejecutivo de la Cámara de Comercio con mayor número de inscritos en el registro mercantil del respectivo departamento, o su delegado.
j. Un representante de los Comités Universidad - Empresa - Estado (CUEE), elegido por los mismos Comités, cuando operen en el departamento
k. Un investigador del departamento o con presencia en él, con reconocimiento vigente de Colciencias hoy MINCIENCIAS, elegido por miembros del CODECTI
l. Un representante de los gremios productivos o un empresario, de reconocida trayectoria en la región y con presencia en el departamento, elegido por el CODECTI
m. Un representante de la sociedad civil organizada, elegido por el CODECTI
9) Que es deber del ejecutivo, actualizar los diferentes comités, juntas, consejos y en general todos aquellos organismos oficiales de consulta, apoyo y/o asesoría que deben participar en las decisiones gubernamentales de acuerdo con la normatividad existente, con los cambios sociales de participación ciudadana y comunitaria, con el reconocimiento y relevancia de los sectores que hoy determinan las políticas de inversión Departamental.
10) Que de acuerdo a lo establecido, resulta necesario que el Departamento adecue la composición, estructura y funcionamiento de su Comité Departamental de Ciencia, Tecnología e Innovación, a fin de ajustarlo a las disposiciones contenidas en el Decreto 584 de 2017.
11) Que de conformidad con todo lo expuesto,
SE CONVOCA:
A los investigadores del departamento o con presencia en él y con reconocimiento vigente de MINCIENCIAS, los representantes de los gremios productivos o un empresario, de reconocida trayectoria en la región y con presencia en el departamento y a los representantes de la sociedad civil organizada, a formar parte del Consejo Departamental de Ciencia, Tecnología e Innovación – CODECTI, tomando pronta iniciativa para que tengan incidencia directa sobre el presente y futuro del Departamento del Atlántico en materia de CT+I.
En virtud de la convocatoria que se hace, se requiere que a más tardar el 20 de enero de 2020, presenten en la Secretaría de Desarrollo Económico una carta de intención y su hoja de vida los interesados en el sector convocado:
• Un investigador del departamento o con presencia en él, con reconocimiento vigente de Colciencias hoy Minciencias.
• Un representante de los gremios productivos o un empresario, de reconocida trayectoria en la región y con presencia en el departamento.
• Un representante de la sociedad civil organizada.
ELECCION DEL REPRESENTANTE DEL SECTOR:
El proceso de selección de los representantes de los sectores convocados lo hará el CODECTI en una sesión extraordinaria en donde serán estudiadas las hojas de vida allegadas a la Secretaría de Desarrollo Económico.
Con el fin de facilitar su conformación se recomienda tener en cuenta las siguientes orientaciones:
• Se puede considerar como representante de los gremios productivos o empresario de reconocida trayectoria, quien esté desempeñando funciones a nivel directivo, asesor o ejecutivo en algún gremio económico o empresarial del departamento.
• Se puede considerar como sociedad civil organizada aquellas estructuras constituidas oficialmente que sirven de interés general y actúan como mediadoras entre el poder del estado y los ciudadanos. Sus representantes deben contar con legitimidad y el reconocimiento de tales estructuras.
La presente convocatoria se publica en Barranquilla a los 15 días del mes de enero de 2020.
MIGUEL VERGARA CABELLO
Secretario de Desarrollo Económico