AVISO DE CONVOCTORIA
LA SECRETARIA DE CULTURA Y PATRIMONIO DEL DEPARTAMENTO DEL ATLÁNTICO, PÚBLICA AVISO DE CONVOCATORIA CON EL FIN DE EJECUTAR CONVENIO DE ASOCIACIÓN EN LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 5 DEL DECRETO 092 DE 2017 Y EL DECRETO 509 DE 2017.
El Departamento del Atlántico, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 5 del Decreto 092 de 2017 y al parágrafo del numeral V.II.XIV.II.II del Decreto 509 de 2017 “Por el cual se modifica el manual de contratación del departamento del Atlántico y se adiciona un capítulo”, publica aviso de convocatoria con el fin de suscribir convenio de asociación con entidad privada sin ánimo de lucro para el desarrollo del proyecto denominado: “APORTES PARA LA PRESERVACIÓN, CONSERVACIÓN, SOSTENIMIENTO Y ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO HISTÓRICO Y DOCUMENTAL DEL DEPARTAMENTO DEL ATLÁNTICO. AÑO 2022”, cuyo objeto es: “CONVENIO DE ASOCIACION PARA LA EJECUCION DE APORTES PARA LA PRESERVACIÓN, CONSERVACIÓN, SOSTENIMIENTO Y ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO HISTÓRICO Y DOCUMENTAL DEL DEPARTAMENTO DEL ATLÁNTICO, AÑO 2021”, teniendo en cuenta:
1- Que la Secretaría de Cultura y Patrimonio, ha recibido propuesta por parte de la CORPORACION LUIS EDUARDO NIETO ARTETA, en adelante LA ESAL, para ejecutar el proyecto cuyo objeto es: CONVENIO DE ASOCIACION PARA LA EJECUCION DE APORTES PARA LA PRESERVACIÓN, CONSERVACIÓN, SOSTENIMIENTO Y ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO HISTÓRICO Y DOCUMENTAL DEL DEPARTAMENTO DEL ATLÁNTICO, AÑO 2022.
2- Que el valor total del proyecto corresponde a la suma de MIL SEISCIENTOS VEINTIOCHO MILLONES DE PESOS ($1.628.000.000).
3- Que el presente proyecto se encuentra amparado con el Certificado de Disponibilidad
Presupuestal No. 202200466 del 06 de enero de 2022, por valor de $1.139.600.000.oo
4- Que LA ESAL, ha manifestado interés en aportar la suma de CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO MILLONES CUATROCUENTOS MIL PESOS. ($488.400.000).
5- Que en cumplimiento del Decreto 092 de 2017 y el Decreto 509 de 2017, se procede a publicar el presente aviso por un término de tres (03) días, a fin de determinar si existen otras entidades interesadas en ejecutar el convenio y aportar por lo menos el 30% del valor del proyecto.
6- Que la información requerida referente a la ejecución del Convenio de asociación se encuentra contenida en los Estudios Previos publicados junto al presente aviso.
7- Que LA ESAL interesada deberá anexar a su manifestación de interés:
a- Certificación bancaria en la que conste que a la fecha cuentan con la totalidad de los recursos ofrecidos, en su cuenta bancaria de la cual debe ser titular ESAL.
b- Autorización del órgano directivo de la ESAL al representante legal para comprometer los recursos para la ejecución del proyecto, si a ello hubiere lugar.
c- Certificación de estar inscrita la ESAL en el SECOP II.
d- Deberá anexarse la constancia de la ejecución, de por lo menos dos convenios cuyo objeto y actividades estén relacionadas con el objeto del convenio que se suscriba. Para acreditar este requisito deberá anexarse fotocopia del contrato y/o certificación expedida por el contratante en el que conste el cumplimiento en la ejecución del convenio y la correcta ejecución del recurso público.
8- Que las manifestaciones de interés y la documentación solicitada deberán enviarse al correo institucional
9- Que una vez surtidas, las etapas descritas y establecidas en la normatividad vigente para los convenios de asociación, y de no recibirse manifestaciones de interés, el Departamento procederá a solicitar la suscripción del convenio con la CORPORACION LUIS EDUARDO NIETO ARTETA.
Dado en Barranquilla a los 14 días del mes de enero de 2022.
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DIANA ACOSTA MIRANDA
Secretaria de Cultura