Aviso De Convocatoria
La secretaria de cultura y patrimonio del departamento del atlántico, pública aviso de convocatoria con el fin de ejecutar convenio de asociación en los términos del artículo 5 del decreto 092 de 2017 y el decreto 509 de 2017.
El Departamento del Atlántico, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 5 del Decreto 092 de 2017 y al parágrafo del numeral V.II.XIV.II.II del Decreto 509 de 2017 “Por el cual se modifica el manual de contratación del departamento del Atlántico y se adiciona un capítulo”, publica aviso de convocatoria con el fin de suscribir convenio de asociación con entidad privada sin ánimo de lucro para el desarrollo del proyecto denominado: “Promover la inclusión y el acceso a la información de las personas con discapacidad visual desde el aula tic de la biblioteca Meira Del Mar y bibliotecas municipales en el Departamento del Atlántico”, cuyo objeto es: “Convenio para promover la inclusión y el acceso a la información de las personas con discapacidad visual desde el aula tic de la biblioteca Meira Del Mar y bibliotecas municipales del Departamento Del Atlántico”, teniendo en cuenta:
1- Que la Secretaría de Cultura y Patrimonio, ha recibido propuesta por parte de la FUNDACION MARIA ELENA RESTREPO- FUNDAVE, en adelante LA ESAL, para ejecutar el proyecto cuyo objeto es: “Convenio para promover la inclusión y el acceso a la información de las personas con discapacidad visual desde el aula tic de la biblioteca Meira Del Mar y bibliotecas municipales del Departamento Del Atlántico
2- Que el valor total del proyecto corresponde a la suma de DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE. ($250.000.000,oo).
3- Que el presente proyecto se encuentra amparado con el Certificado de Disponibilidad
Presupuestal No. 202101700 del 23 DE JUNIO DE 2021, por valor de $175.000.000,oo.
4- Que LA ESAL, ha manifestado interés en aportar el treinta por ciento (30%) del valor
total del proyecto, es decir la suma de SETENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS M/CTE. ($75.000.000,oo).
5- Que en cumplimiento del Decreto 092 de 2017 y el Decreto 509 de 2017, se procede a publicar el presente aviso por un término de tres (03) días, a fin de determinar si existen otras entidades interesadas en ejecutar el convenio y aportar por lo menos el 30% del valor del proyecto.
6- Que la información requerida referente a la ejecución del Convenio de asociación se encuentra contenida en los Estudios Previos publicados junto al presente aviso.
7- Que LA ESAL interesada deberá anexar a su manifestación de interés:
a- Certificación bancaria en la que conste que a la fecha cuentan con la totalidad de los recursos ofrecidos, en su cuenta bancaria de la cual debe ser titular ESAL.
b- Autorización del órgano directivo de la ESAL al representante legal para comprometer los recursos para la ejecución del proyecto, si a ello hubiere lugar.
c- Certificación de estar inscrita la ESAL en el SECOP II.
d- Deberá anexarse la constancia de la ejecución, de por lo menos dos convenios cuyo objeto y actividades estén relacionadas con el objeto del convenio que se suscriba. Para acreditar este requisito deberá anexarse fotocopia del contrato y/o certificación expedida por el contratante en el que conste el cumplimiento en la ejecución del convenio y la correcta ejecución del recurso público.
8- Que las manifestaciones de interés y la documentación solicitada deberán enviarse al correo institucional
9- Que una vez surtidas, las etapas descritas y establecidas en la normatividad vigente para los convenios de asociación, y de no recibirse manifestaciones de interés, el Departamento procederá a solicitar la suscripción del convenio con la FUNDACION MARIA ELENA RESTREPO- FUNDAVE.
Dado en Barranquilla a los 26 días del mes de JULIO de 2021.
DIANA ACOSTA MIRANDA
Secretaria de Cultura